La tipografía y sus indicios: el caso de un pasquín sedicioso en San Juan- Argentina (1866). Una propuesta de abordaje del espacio público a partir del uso de archivos judiciales

 

Typography and its clues: the case of a seditious pasquín in San Juan- Argentina (1866). A proposal to approach public sphere from the use of judicial files

 

 

María Inés Rueda Barboza

Facultad de Filosofía, Humanidades y Artes,

 Universidad Nacional de San Juan (Argentina)

ruedamines@gmail.com

 

 

Resumen

A lo largo del siglo XIX, los espacios de debate público en San Juan fueron restringidos: la poca tolerancia al disenso y los controles que la elite dirigente ejerció sobre la opinión, llevaron a que las críticas y los desacuerdos circularan por medios ajenos a la prensa escrita. En este artículo nos proponemos examinar la forma en que esas opiniones contestatarias fueron producidas y puestas en circulación. Para ello, rescataremos el caso de un pasquín sedicioso, impreso de forma clandestina en la provincia, en el año 1866. Las evidencias incluidas en la causa judicial emprendida contra sus presuntos autores nos servirán para reconstruir las condiciones en las que la hoja fue compuesta y exteriorizada de forma pública. Asimismo, por las características del objeto de estudio en cuestión - fragmentario, escurridizo- trabajaremos desde el enfoque propuesto por el paradigma indiciario.

 

Palabras Clave

espacio público; pasquín; opiniones contestatarias; causas judiciales; Siglo XIX.

 

Abstract

Throughout the 19th century, the spaces for public debate in San Juan were restricted: the low tolerance for dissent and the controls that the ruling elite exercised over opinion led to criticism and disagreements circulating through media outside the press. In this article, we propose to examine the way in which these controversial opinions were produced and circulated. To do this, we will rescue the case of a seditious pasquín printed clandestinely in the province in 1866. The evidence included in the legal case against its alleged authors will help us to reconstruct the conditions in which the sheet was composed and externalized by public form. Likewise, due to the characteristics of the object of study in question - fragmentary, elusive - we will work from the approach proposed by the index paradigm.

 

Keywords

public sphere; lampoons; Contentious opinions; legal causes; XIX century.

 

Introducción

 

En América Latina los procesos revolucionarios de emancipación produjeron importantes modificaciones en la vida política. Uno de esos cambios estuvo dado por la constitución de espacios públicos[1] destinados a la discusión e intercambio de opiniones. En cafés, tertulias y asociaciones, en la calle o en la plaza; la lectura de la prensa y otros escritos sirvió para entablar debates que, en muchos casos, se volvieron fuente de legitimación política (Guerra & Lempérière, 1998; Palti, 2007; Goldman, 2009; Molina, 2009; Pas, 2010). La emergencia de estos ámbitos de deliberación y su separación de la esfera estatal fue un proceso que presentó innumerables limitaciones. De hecho, una situación que se dio con frecuencia en algunas ciudades, es que muchos de los periódicos que se publicaron a lo largo del siglo XIX fueron iniciativas de los mismos gobiernos de turno[2] y no acciones que provenían de sectores que actuaran fuera del poder y en oposición a este (Bernaldo González de Quirós, 1999, 2001; Guerra & Lempérière, 1998).

 En San Juan, específicamente, la administración de la imprenta gubernamental estuvo supeditada a los constantes traspasos de poder que se dieron entre los grupos políticos en pugna. Esto condujo a que, durante gran parte del siglo XIX, varios periódicos aparecieran y desaparecieran al ritmo de los cambios de gobierno[3]. La inexistencia de otras imprentas y la ausencia de marcos regulatorios locales que garantizaran la libertad de expresión, cercenaron durante varias décadas las posibilidades de que existiera un ámbito estable de discusión pública, desligado de la esfera estatal.

Usualmente, los periódicos de San Juan entablaban controversias con publicaciones que eran producidas en otras provincias; es decir, que no tenían como interlocutores a otros periódicos locales. El debate público pudo ser enriquecido -excepcionalmente- con la concurrencia de al menos dos posturas divergentes, cuando además de la imprenta estatal, funcionó otro taller tipográfico de iniciativa privada[4]. Pese a ello, los espacios de disidencia (Ayrolo, 2005) continuaron siendo restrictivos, y algunas opiniones - por su carácter crítico y contestatario- quedaron relegadas al ámbito privado, o emergieron en el espacio público de forma clandestina y anónima, por medio de la circulación de pasquines, libelos y rumores. 

En el presente artículo, reconstruiremos la manera en que un pasquín sedicioso fue producido y exteriorizado en el espacio público sanjuanino en noviembre de 1866, momento de gran agitación en la provincia. El gobierno liberal de Camilo Rojo - al que se enfrentaban grupos federales, ahora relegados del poder- y la participación de San Juan en la Guerra del Paraguay, fueron el caldo de cultivo de una serie de disidencias que sólo podrían tomar estado público, por medio de la publicidad clandestina.

El carácter singular y fragmentario de nuestro objeto de estudio nos conduce a trabajar desde el paradigma indiciario (Guinzburg, 1999), enfoque de corte cualitativo que propone, entre otras cosas, un estudio intensivo de lo micro social. Las investigaciones de este tipo, suelen abordar sujetos, prácticas y significaciones difíciles de detectar, debido al escaso registro que han dejado en documentos y testimonios escritos. La búsqueda de indicios y la construcción de conjeturas son dos de los principales postulados de este paradigma, que orientarán este trabajo.

Asimismo, los expedientes judiciales[5], documentos que testimonian la judicialización de los presuntos autores o “circuladores” de pasquines y libelos, constituyen una vía insustituible para localizar estas “formas contestatarias de opinión”[6]. Estas fuentes poseen una singularidad que otros documentos no tienen, y es que en la mayoría de los casos, se trata de investigaciones que buscan determinar la autoría de un determinado delito. De manera que, la lógica conjetural e indiciaria también está presente en sus fojas. En otros términos, investigamos a partir de los datos expuestos en otra pesquisa. Esta complejidad supone que, en muchos casos, atendamos a los indicios o conjeturas que guiaron el accionar del agente judicial, o que por el contrario, encontremos nuevos elementos que habrían pasado desapercibidos durante el proceso.

Por otro lado, es necesario advertir que las voces de quienes son interrogados en los procesos judiciales, se encuentran atravesadas por una serie de mediaciones que hacen imposible ver en esos documentos una huella directa del pasado (Gallucci, 2010). Parte de esas mediaciones está constituida por la actuación de los funcionarios judiciales, el proceso de conformación de pruebas o evidencias, los modismos propios del discurso legal (Barreneche, 2015) y el contexto en el que se dio el proceso judicial. Pero también, por las intervenciones que los mismos investigadores ejercen en la construcción de esa fuente. Recordemos que, un expediente judicial deviene en fuente histórica, cuando es sometido a preguntas de investigación. Estas dependerán del contexto, la formación académica, y el enfoque teórico al que adscriba quien investiga.

En esta oportunidad, emplearemos como principal corpus documental una causa del Fondo Penal del Archivo del Poder Judicial y Registro Inmobiliario de la Provincia de San Juan. La misma[7] presenta dos ejemplares originales del pasquín como evidencia de la acusación realizada. Esto es muy valioso, no sólo porque este tipo de literatura es muy escasa en comparación a otros escritos públicos como la prensa, sino porque además nos permite tomar conocimiento de la materialidad del texto en cuestión. Así, el tipo y tamaño de papel, el formato en el que es presentado al lector (impreso o manuscrito), la tipografía y tintas empleadas, son elementos que nos aproximan a las condiciones (culturales, tecnológicas, políticas, sociales) en las que fue producido y leído un determinado texto (Chartier, 1993). De allí que trabajemos en línea con algunos postulados de este enfoque culturalista y materialista.

 

 

Un pasquín “sedicioso y alarmante” en San Juan (1866). La causa judicial contra Juan de Dios Lejas y Ambrosio Burgoa

 

En San Juan -al igual que en otros sitios de Latinoamérica- la elaboración y difusión de libelos y pasquines eran prácticas que se remontaban al periodo colonial, pero que, por diversos motivos, continuaron existiendo durante todo el siglo XIX. La instalación de la imprenta no implicó la desaparición de estas formas de comunicación que coexistieron, interactuaron y en algunos casos, rivalizaron con la información provista por la prensa escrita.

En general, aunque no siempre, eran composiciones breves que posibilitaban una rápida lectura de su contenido. En comparación a otros escritos públicos como las cedulillas –panfletos u hojas volantes que se arrojaban en lugares públicos- los pasquines eran fijados en muros y puertas, por medio de cera, engrudo o  pequeñas tachuelas. Esto suponía una debilidad para este tipo de escritos (Guerra, 2002), que al ser arrancados por autoridades o personas afectadas por el contenido de la publicación, perdían - en cierta forma- potencial de circulación. Usualmente eran distribuidos de noche (Ruiz Astiz, 2016), a fin de evitar la vigilancia de las autoridades y así preservar la identidad de sus divulgadores. A diferencia del libelo, definido por Revilla Orías (2009) como “un escrito breve e infamante contra alguien o algo”, el pasquín es:

 

 Un libelo de contenido contestatario, satírico-político, que plantea una queja contra una situación o persona concreta, frecuentemente una autoridad. Se trata de un texto singular a nivel del discurso. Su(s) autor(es) hablan de o desde un colectivo. No estamos únicamente ante un texto de denuncia. Su contenido hace explícito o deja entrever un proyecto de cambio, así como los medios que se usarán para forzar el pedido en el futuro inmediato. (p. 34)

 

Si bien Revilla Orías (2009) habla de los pasquines y libelos producidos en Charcas en el periodo tardo colonial, muchos de sus elementos se aproximan a la naturaleza de los escritos clandestinos que circularon en San Juan a lo largo del siglo XIX.

Es necesario aclarar, por otra parte, que aunque los archivos judiciales contengan pocos registros o casos referidos a este tipo de textos –como podemos observar en el cuadro-, la divulgación de pasquines y libelos fue una práctica recurrente a nivel local[8]. Recordemos que, no toda producción de escritos clandestinos terminó en un proceso judicial, puesto que, como señalan Revilla Orías (2009) y Ruiz Astiz (2016), para las autoridades era muy difícil localizar a sus presuntos autores.

 

Procesos judiciales que abordan los delitos de injurias, calumnias y sedición en periódicos, pasquines y libelos en San Juan (1862-1872) [9]

      Año

Delito y

Soporte

 

1862

 

1863

 

1864

 

1865

 

1866

 

1867

 

1868

 

1869

 

1870

 

1871

 

1872

 

Total

 

Injurias y calumnias en la prensa

 

-

 

-

 

1

 

-

 

4

 

1

 

3

 

2

 

1

 

4

 

-

 

16

Injurias, calumnias y sedición en pasquines y libelos

 

2

 

-

 

-

 

-

 

1

 

-

 

2

 

-

 

-

 

-

 

-

 

5

Fuente: elaboración propia a partir del relevamiento efectuado en el Archivo del Poder judicial y Registro Inmobiliario de la Provincia de San Juan

De hecho, de la triangulación con otras fuentes, encontramos casos que no están registrados en ningún proceso judicial. Esto puede ser porque, efectivamente, no se labró una causa o porque el expediente fue sustraído del archivo en algún momento. Gracias al análisis de correspondencia privada, sin embargo, pudimos detectar pasquines que buscaban amedrentar o amenazar a alguna autoridad –esto le sucedió en 1855 a Nicasio Marín, Presidente de la Cámara de Justicia sanjuanina”[10]- o libelos que habían sido escritos en Buenos Aires en 1858, pero que circulaban en San Juan con el objetivo de difamar al entonces presidente de la Confederación Argentina, Justo José de Urquiza[11]. En casos como este último, los textos se infiltraban en el espacio público local por medio de correspondencia privada. No era extraño entonces, que en su afán de controlar los circuitos de opinión, las autoridades públicas interceptaran estos documentos.

La aparición de esta literatura clandestina suscitaba la intervención inmediata del inspector de policía y del funcionariado judicial, que arbitraban todos los medios disponibles para descubrir - si es que podían hacerlo- a sus presuntos autores. La mayor parte de ellos eran varones, aunque también se ha localizado de manera excepcional el caso de una mujer acusada de ser la presunta autora de un pasquín[12].

Los pasquines solían aparecer en momentos de crisis y disconformidad, haciendo públicas ciertas “insatisfacciones coyunturales” (Revilla Orias, 2009). Así sucedió en San Juan en noviembre de 1866, momento en el que se vivía un clima de inestabilidad política. El gobernador Camilo Rojo- aliado del gobierno nacional- debió enfrentarse a los embates de ciertos grupos locales relegados del poder, que aprovecharon la coyuntura política, para desestabilizar el orden. Las resistencias ocasionadas por la Guerra del Paraguay (1865-1870) - debido a las contribuciones impositivas y al reclutamiento de hombres- y la acción insurgente de antiguos referentes federales en varias provincias del oeste argentino, se inscribieron dentro de esta coyuntura.

El 22 de octubre de 1866, unas semanas antes de que apareciera el pasquín, el gobierno sanjuanino descubría y desbarataba una conspiración, que reconocía entre sus cómplices a antiguos referentes federales, entre los que se encontraban Napoleón y Carlos Burgoa, Manuel Benigno Zelada, Juan Quiroga, Ignacio Benavides y Benjamín Aguiar. La instigación del hecho correspondió a Emilio Castro Boedo[13], sacerdote salteño, que actuó en colaboración con el diputado provincial José Ignacio Flores (Peñaloza de Varesse & Arias, 1966).  El clima de conspiración se extendió a la vecina provincia de Mendoza y el 9 de noviembre de 1866 estalló una insurrección que culminaría con el triunfo de los llamados “Colorados”[14]. Las detenciones que dispuso de forma preventiva el gobernador mendocino Melitón Arroyo no impidieron, sin embargo, que se produjera la sublevación. La misma se inició a partir del descontento de la policía por el atraso en el pago de sus salarios y de 280 soldados de la Guardia Nacional que se negaron a partir rumbo a la Guerra del Paraguay. Producto de este levantamiento, fueron liberados los presos de la cárcel y en el lapso de unos días, los amotinados dominaron la ciudad y destituyeron al gobernador legal (Videla, 1981; Peñaloza de Varesse & Arias, 1966). La “revolución de los Colorados” alertó a las autoridades gubernamentales de las provincias aledañas, que- acertadamente- temieron por la propagación de este movimiento. Los sublevados esperaban que Urquiza apoyara el movimiento, pero esto no sucedió.

En este contexto- dos días después de que estallara la rebelión en Mendoza- no fue extraño que apareciera un pasquín en San Juan. Así lo denunciaba Inspector de Policía el domingo 11 de noviembre de 1866 ante el Juez letrado del Crimen: “hoy han aparecido en circulación y fijados en algunas esquinas el pasquín sedicioso y alarmante que tengo bien adjuntar a Ud.”[15]. La causa labrada contra Juan De Dios Lejas y Ambrosio Burgoa por ser presuntos autores o cómplices en la aparición de este escrito, daba inicio a un proceso judicial que se extendería poco menos de un mes.

La particularidad de este pasquín respecto a otros aparecidos en la provincia, es su carácter sedicioso. Pues si bien el universo de estos escritos es bastante heterogéneo – debido a sus diversas motivaciones, los formatos adoptados y los distintos canales de distribución escogidos- la mayor parte de ellos son catalogados en los expedientes judiciales, como textos injuriosos. Así encontramos desde acusaciones personales y amonestaciones públicas dirigidas a quienes no cumplían con los códigos de comportamiento comunitario, hasta amenazas y mensajes difamatorios que daban cuenta de rencillas vecinales. El Chismoso[16], por ejemplo, fue un libelo injurioso puesto en circulación en San Juan en 1862. El texto era un manuscrito cuyo formato se asemejaba al de un periódico satírico que difundía entre sus lectores, críticas hacia ciertos miembros del Club Libertad (grupo político liberal al que pertenecían algunos miembros de la elite dirigente), autoridades eclesiásticas y algunas personalidades políticas.

Pero a diferencia de este y otros casos en los que solamente se exponían públicamente los vicios o conductas reprobables de un ciudadano o un funcionario en particular, el pasquín que analizamos en esta oportunidad, era un texto que instaba a la rebelión. El mismo advertía a los sanjuaninos: “Torrentes de sangre argentina están regando la tierra paraguaya” y Bartolomé Mitre, considerado un “traidor”, “infame” y “verdugo”, era su “promotor”. La denuncia iba acompañada de una propuesta de cambio, que implicaba el advenimiento de una revolución tutelada por Urquiza al que se consideraba el “campeón de las libertades” y el “héroe de Caseros”. A la acusación y la propuesta formuladas se le sumaba, además, la referencia a acontecimientos que se daban más allá de las fronteras provinciales, y que en cierta forma, validaban este llamamiento a la insubordinación: “… la revolución triunfa en todas partes y nuestros hermanos de Mendoza nos alientan.”  La expresión hacía alusión al levantamiento que se había producido apenas dos días antes en la provincia vecina. Si no conocían sus pormenores, es evidente que al menos estaban al tanto de sus preparativos. El pasquín concluía con una última afirmación: “Vosotros también pedís venganza, y la alta sociedad grita la caída de los infames del poder de la casta de Camilo de esos espías de los malvados de Buenos Aires”[17].

La única forma de exteriorizar públicamente un mensaje como el citado era por vía de la clandestinidad. No existían otros canales disponibles. La inclusión en la prensa escrita de un texto como el referido hubiese significado el enjuiciamiento de su editor o redactor responsables. Sus autores debieron, por lo tanto, recurrir a otros recursos comunicativos.

 

Ejemplar del Pasquín sedicioso. Fuente: Archivo del Poder Judicial y Registro Inmobiliario de San Juan, Fondo Penal. Causa de oficio labrada contra Juan de Dios Lejas y Ambrosio Burgoa por considerarlos cómplices en la aparición de un pasquín sedicioso. 1866.  Caja 130. Folio 1

 

 

Para 1866, existían dos imprentas en San Juan: la estatal, en la que era editado El Zonda, órgano de publicidad del gobierno de turno, y la imprenta La Reforma, establecimiento privado en el que se editaba un periódico que llevaba el mismo nombre, y que se presentaba como el principal crítico del gobierno local. Si bien rivalizaban entre sí y se disputaban la opinión pública[18], ambos periódicos adherían a las políticas desplegadas por el gobierno nacional y apoyaban la causa de la guerra.

De acuerdo con las evidencias expuestas en el expediente judicial, las autoridades determinaron que la tipografía del pasquín pertenecía a la imprenta La Reforma. ¿Cómo era esto posible? Los redactores de este establecimiento no tenían motivos para componer un impreso de este tipo: su adhesión pública a la guerra del Paraguay y al gobierno de Mitre había sido manifestada en varias entregas del periódico. Las sospechas no recayeron entonces, sobre el responsable de la redacción, al que no se interrogó, sino sobre los cajistas, que eran quienes tenían acceso a los tipos.

Es importante recordar que se sabe poco acerca de cómo funcionaban las imprentas en San Juan. Excepto por las leyes de 1830 y 1846 que regulaban el funcionamiento de la imprenta estatal (Greco, 2015; Rueda, 2019), no se ha encontrado más evidencia sobre esta u otras imprentas locales. De manera que los expedientes que registran procesos judiciales a impresores, se transforman en una interesante vía para aproximarnos a la manera en que se articulaba el microcosmos de un taller tipográfico, permitiéndonos conocer, al menos de forma tentativa, quiénes eran sus actores y bajo qué condiciones trabajaban, y qué prácticas y significaciones se daban en torno a su labor.

En el caso de la Imprenta La Reforma, estaban involucrados Valentín Videla[19], dueño de la empresa; Ramón González[20], director de la redacción; Guillermo Villegas, encargado de la administración y de “llevar la crónica” y contratado por el anterior; José Rolando Negrete, Ambrosio Burgoa y Segundo Desiderio Leé, cajistas[21]. El expediente judicial menciona además a Félix Baigorría interactuando con los demás empleados de la imprenta el día 10 de noviembre de 1866, por lo que es muy factible que este último también fuera un empleado más de La Reforma.

De los sujetos mencionados, Negrete vivía en la casa en la que se encontraba instalada la imprenta, junto a su esposa, y otro de los cajistas: Segundo Desiderio Leé, un niño de 12 años. Por avisos del periódico sabemos, además, que la imprenta se había trasladado, en el mes de septiembre, a la casa habitación del Sr. D. Pedro Aguiar, “cita del Templo de San Agustín, una cuadra al Sud, frente a la de la Sra. Da. Antonia Videla Lima”[22]. 

La jornada laboral se extendía hasta las seis de la tarde, luego de lo cual la habitación en la que se encontraba la máquina tipográfica se cerraba con llave, hasta el próximo día. Por anuncios del periódico sabemos que hasta las cinco de la tarde recibían avisos y solicitadas que podían ser incluidos en el periódico. En la imprenta, además de este último, se imprimían carteles, hojas sueltas, diplomas, esquelas para funerales, tarjetas y otras impresiones, por encargo[23].

Ahora bien: ¿Quién o quiénes escribieron el pasquín y cómo lo hicieron? ¿Cuáles fueron las condiciones en las que fue producido este escrito sedicioso? Si prestamos atención a la materialidad del texto, advertimos que faltan algunos tipos y que para compensar esa falta, se utilizaron otros[24]. Por ejemplo, una g fue sustituida por una y en el último párrafo, para expresar el término “grita”; una a por una e invertida, para completar la palabra “malbados”. Otro ejemplo interesante lo constituye el término “guedra” en el que una r fue sustituida por una d para expresar la palabra “guerra”. Estos aparentes errores no son más que indicios que permiten aproximarnos a la forma en la que fue producido este pasquín.

Si bien en la época era habitual que los impresos tuvieran errores o faltantes tipográficos, la cantidad encontrada en este breve texto demuestra que el trabajo de composición tipográfica se realizó en circunstancias especiales. En efecto, y como se desprende de los interrogatorios, el robo de la mitad de una columna de tipos vendría a explicar la situación. De acuerdo con la causa judicial, Ambrosio Burgoa, uno de los cajistas de la imprenta, habría sido quien, en complicidad con Juan de Dios Lejas, sustrajo los caracteres con los que más tarde se elaboraría el pasquín.

El mismo encargado de la Imprenta, Guillermo Villegas, advirtiendo la situación al día siguiente del robo, elevaba la denuncia a la Inspección General de Policía, exponiendo sus sospechas:

 

...habiendo ido como a la diez del día de hoy a casa de D. Ramón González tuvo conocimiento por este que el cajista de la Imprenta de La Reforma José Rolando Negrete se había presentado momentos antes a él a darle conocimiento de un pasquín sedicioso que aparecía pegado en las esquinas de algunas calles e impreso con los tipos de dicha imprenta y como el declarante es encargado de la administración de ella y no había dado orden para tal impresión procedió a averiguar su origen, de cuya averiguación resultó que a la oración del día de ayer le había sido sustraída una columna de composición del mismo tipo que aparecía impreso el referido pasquín y que por las razones dichas juzgaba que los ladrones de ese tipo fueran autores o al menos cómplices del pasquín …[25]

Tanto Guillermo Villegas, como los cajistas Segundo Leé y Rolando Negrete, señalaron como responsable del hecho a Ambrosio Burgoa. Ninguno de los empleados de la imprenta quería verse asociado a la producción o distribución del pasquín en cuestión. Fue Negrete por otro lado, quien proporcionó mayores datos acerca de la posible complicidad con Lejas: “… porque en la tarde de ese día después de haber concluido la impresión, Lejas estuvo hablando en secreto con Burgoa en la puerta de calle”[26].

Producto de estas acusaciones tanto Burgoa como Lejas fueron interrogados en diversas oportunidades. En una primera instancia, Ambrosio Burgoa declaró que al horario de la oración había ido a la casa de su tío Telésforo Salguero, lugar en el que estuvo hasta las ocho de la noche. Afirmó que de allí se fue a su casa y no salió por encontrarse enfermo, y que por lo tanto, no vio a Lejas esa noche. Con esta información, se daba por concluido el primer interrogatorio.

Sin embargo, en la misma foja de la causa judicial, de forma inmediata, se registra la siguiente aclaración: “En seguida el Declarante Ambrosio Burgoa solicitó rectificar la declaración que había dado”[27]. Si bien no lo podemos asegurar, es muy posible que entre una y otra confesión hayan existido presiones por parte de los funcionarios a cargo del interrogatorio, para que el cajista admitiera el robo de la columna tipográfica. En efecto, en esta segunda oportunidad, Burgoa confesó “haberle prestado” a Lejas “la mitad de una columna de la primera página” y unos tipos más grandes que decían Al público[28] que le había solicitado “para hacer una obrita que él lo gratificaría que le guardara el secreto y se lo llevara a su casa”[29]. Cuatro reales fueron los que recibió por parte de Lejas en concepto de “gratificación” por los servicios prestados, con la promesa de que luego le daría otro tanto.

En sus declaraciones, Burgoa dio detalles de la entrega y explicó que estuvo en la puerta de casa de Lejas, y que lo vieron la madre, hermana y primas hermanas de éste. Sin embargo, en los sucesivos interrogatorios todas las mujeres mencionadas por el cajista, negaron haber visto a Burgoa la noche del 10 de noviembre. El único que pudo confirmarlo fue un niño llamado Cirilo Burgoa, quien era primo hermano del acusado.

La pesquisa también implicó la detención e incomunicación de Lejas[30], quien confesó que su relación con la imprenta La Reforma se fundaba en tener “una cuestión de cobro de pesos al Establecimiento por servicios profesionales prestados a él, ha ido tres veces para seguirlo y que se hiciese efectivo un mandato de embargo a una parte de tipos por el juez de Sección”[31].

Lejas, a diferencia de Burgoa, en ningún momento admitió haber tenido en su poder los tipos de la imprenta La Reforma. Cuando se lo interrogó sobre si tenía algún conocimiento sobre un pasquín, afirmó que “lo sabía por habérselo oído a Gabriel Jofré dependiente de D. Trifón Romero”[32]. La declaración de este último, acentúa aún más las sospechas de que Lejas estuvo involucrado en el robo de los tipos. En su confesión, expuso:

 

 Que ese día domingo once del presente por la mañana que apareció el pasquín, pasaba por la calle de la casa donde estaba el exponente Juan de Dios Lejas, lo llamó y le preguntó sino sabia había aparecido ese pasquín,  que le contestó que no; que entonces por ocurrencia y en razón de conocer que la letra con que estaba escrita era de la imprenta de La Reforma, de donde había oído decir había tomado dicho Lejas un cajón de tipos para pagarse de un valor que esa imprenta le debía; le dijo, que como no había de saber, cuando él debía ser el autor de dicho pasquín: que Lejas se sonrió y no pasó a más la conversación … [33]

 

¿Recibió los tipos Juan De Dios Lejas? ¿Existió el encuentro con Burgoa en la puerta de su casa? Los rumores y las suposiciones que circulaban entre algunos habitantes de la ciudad, parecieran indicar que sí, pero no existen certezas al respecto. Así, lo manifestaba en su declaración, Salvador Pérez, un vecino que afirmaba haber visto a las niñas y a un joven en la puerta de casa de Lejas, pero estaba oscuro, por lo que no podía distinguir qué personas eran y menos asegurar que fuera Burgoa, pero que lo suponía porque “esos días atrás y siempre lo ha visto ir a la casa de Lejas”[34]. Creía que era él además, por afirmaciones del niño Cirilo Burgoa que afirmaba haberlo visto; y porque “la voz pública es de que este individuo le ha dado a Lejas el tipo con que se hizo el pasquín que apareció en once de Noviembre último…” [35]

Es importante recordar que los rumores son identificados en los interrogatorios de algunas causas judiciales por medio de expresiones que utilizan los declarantes como: “he oído”, “me lo dijo”, o como en el último caso, en el que Salvador Pérez afirma creer que existió la transacción entre Burgoa y Lejas porque “la voz pública” así lo manifestaba.  Desde luego, estas expresiones orales nutrieron, acompañaron y potenciaron las posibilidades de circulación de estos soportes clandestinos de opinión. En tanto prácticas comunicativas que adoptaron el formato de habladurías, murmuraciones, chismes, especies seductivas y noticias falsas, los rumores fueron duramente perseguidos por las autoridades “…tanto por el contenido crítico que las mismas solían poner en circulación, como por su forma misma, teniendo en cuenta que su naturaleza extraoficial y anónima era en sí misma percibida como un acto de transgresión social” (Nanni, 2017, pp. 2-3).

Por otro lado, el proceso judicial incluyó la declaración de José Ignacio Flores, a quien se le interrogó sobre la manera en la que él creía que habían sido elaborados los pasquines. Flores no sólo tenía conocimientos de litografía por haber ejercido la profesión, sino que además, como indicamos con anterioridad, había sido involucrado en la conspiración abortada por las autoridades, el día 22 de octubre. El declarante manifestó que los pasquines, posiblemente, habían sido hechos a mano o en una especie de prensa que pudiera suplir a la imprenta. El interrogatorio no incluyó otro tipo de preguntas, y Flores tampoco brindó mayores detalles.

La causa judicial contó, además, con un informe técnico redactado por Pedro Echagüe[36] en el que se analizaba la materialidad de los pasquines presentados como evidencia. En el escrito, Echagüe declaró que era aventurado tratar de determinar cómo había sido impresa una composición tipográfica, y más aún, teniendo en cuenta que el pasquín referido era demasiado pequeño. Desde su perspectiva, también dificultaba la tarea de análisis, la posibilidad de que “al estamparse un pequeño número de ejemplares por el medio indicado pueden escogerse para darse a circulación aquellos que hayan salido mejor gravados”[37]. Pese a ello, consideraba que el texto había sido producido por la acción de prensa de imprenta tanto por la rectitud de los renglones, como por el interlineado que coincidía con la proporción de los renglones de La Reforma, lo que explicaba a su vez que el trabajo se había realizado dentro del componedor. Por otra parte, manifestaba que, por los restos de tinta que había en los bordes del papel, el trabajo de entintado se había efectuado con cilindro, a consecuencia de haber tocado este último ciertas piezas de madera.

Un dato importante es que Pedro Echagüe era el redactor del Zonda, periódico que como ya indicamos, rivalizaba con La Reforma, redactada por Ramón González. La disputa por la opinión pública, había llevado a los redactores de ambas publicaciones a prodigarse mutuamente agravios y críticas diversas. En octubre de 1866, La Reforma decía, refiriéndose al Zonda: “El colega como de costumbre, en lugar de discutir nos llena de insultos, inmotivados y sin objeto, sino es saciar una mala pasión y cubrir su incapacidad de poder atacar a otro periodista en el terreno de la discusión.” Y más adelante aseveraba “No es extraño pues nunca lo hemos visto escribir algo de sustancia aunque sea mal hablado, …se ensaña en insultar a nosotros y a los DD. De la H.L. para mostrar que es independiente; y entre tanto jamás ha criticado al Poder Ejecutivo”[38]. Echagüe tenía suficientes motivos para indicar que el pasquín había sido compuesto al interior del taller tipográfico rival. De haberse comprobado, esto hubiese puesto en una situación difícil al dueño de la imprenta, pudiendo ocasionar su clausura por parte de las autoridades.

De cualquier forma, las evidencias no fueron suficientes como para determinar cómo y dónde había sido producido el pasquín y menos aún, quiénes lo habían hecho. Se sabía que los tipos utilizados en el escrito pertenecían a la imprenta La Reforma; se confirmó que fue Burgoa quien los sustrajo, pero no pudo demostrarse que estos hayan sido entregados a Lejas, y menos aún que este último hubiera producido con ellos, el pasquín. De manera que, ambos fueron sobreseídos y liberados cuando culminó el proceso. A Burgoa sólo se lo pudo acusar de robo.

Lo sucedido en este caso da cuenta de lo difícil que podía resultar para las autoridades, la identificación de quienes recurrían a estas modalidades de comunicación clandestina. El anonimato y la nocturnidad fueron algunos de los recursos que emplearon sus autores para sortear los mecanismos de control. Existen en la causa sobradas evidencias de que el pasquín fue producido y puesto en circulación en horario nocturno como un modo de resguardar la identidad de los autores. La reconstrucción del hecho (desde que Burgoa sustrajo la columna de tipos a las seis de la tarde del día 10 de noviembre de 1866, hasta que el pasquín es encontrado la mañana siguiente) confirma lo antes expuesto.

Ni en el informe de Echagüe ni las declaraciones de Flores lo dicen, pero las sustituciones tipográficas encontradas, son un indicio de que el trabajo de impresión fue realizado fuera del establecimiento de la imprenta. De acuerdo a nuestra perspectiva, la disponibilidad de una cantidad limitada de caracteres, habría conducido a los autores del pasquín, a componer el escrito con los pocos elementos que tenían a mano. Si la labor se hubiese desarrollado en el interior del establecimiento tipográfico, es muy probable que las sustituciones señaladas, no hubiesen existido.

El 12 de noviembre de 1866 -un día después de que el pasquín fue puesto en circulación- el gobernador Camilo Rojo decretó diversas medidas en San Juan, atendiendo al cariz que tomaron los acontecimientos en Mendoza. Para evitar la expansión del movimiento conspirativo, se suspendieron las comunicaciones con Mendoza, se cobraron de forma anticipada los impuestos correspondientes al año 1867, se autorizaron arrestos y extrañamientos para individuos que atentaran contra el orden público, se nombró comandante en jefe de las fuerzas de San Juan al Teniente Julio Campos, se solicitó la intervención del gobierno nacional y se creó un consejo consultivo de gobierno para actuar en estas circunstancias extraordinarias (Videla, 1981). En enero de 1867, sin embargo, la provincia de San Juan era invadida por los “Colorados” y el gobierno era depuesto transitoriamente por un movimiento, que además contaba con el apoyo de las fuerzas federales de San Luis y La Rioja. El pasquín de las sustituciones tipográficas, había anticipado lo que sucedería unos meses más tarde.

No se tiene mayores datos de Ambrosio Burgoa y Juan de Dios Lejas. De este último se sabe que, el 27 de diciembre de 1866, cuando el escribano fue a su domicilio para notificarlo respecto el pago de costas del proceso judicial, ya se había marchado a Chile.

 

Consideraciones finales

Como pudimos ver, en noviembre de 1866, la composición de un pasquín impreso permitió que ingresaran al espacio público sanjuanino, las voces y aspiraciones de sujetos que no estaban autorizados a opinar. Su vinculación a los sectores federales- ahora desplazados del poder - los inhabilitaba como posibles partícipes del debate público. Este último era celosamente vigilado y más aún, en una coyuntura signada por un clima de crisis política y conspiración interna.

En estas condiciones, quienes se animaron a disentir de forma pública, debieron recurrir a la publicidad clandestina. Pues, no existía en la provincia un órgano periodístico que nucleara a estos grupos disidentes. Es cierto que la incorporación de la imprenta privada La Reforma supuso la diversificación de la opinión impresa en el espacio público local, ya que comenzaron a registrarse de manera sostenida, debates entre dos periódicos locales. Sin embargo, como vimos a partir del pasquín estudiado, aún existían opiniones, que por su carácter crítico y disidente, quedaban relegadas al ámbito privado, se manifestaban en circuitos clandestinos o emergían en el espacio público bajo el formato de papeles difamatorios o sediciosos.

El pasquín analizado posee algunas particularidades que lo distinguen de otros ejemplares similares que circularon en San Juan: en primer lugar, se trata de un texto sedicioso, y no un escrito injurioso. El mismo no sólo critica la administración local y nacional y la causa de la Guerra del Paraguay, sino que, promueve entre los sanjuaninos, una rebelión cuyas conexiones trascienden los límites provinciales y reconocen como líder - aunque este último no accediera- a Urquiza.

El carácter contestatario y disruptivo del escrito se refleja, además, en el modo en el que fue producido: a partir del robo de una columna de tipos. Las declaraciones registradas en la causa judicial y la tipografía del escrito confirman esto último. Es difícil determinar si los mismos sujetos que robaron los caracteres, fueron los autores del pasquín; o si  por el contrario, fue la acción de un tercero. Lo que sí podemos advertir, gracias al análisis de las sustituciones tipográficas, es que el texto fue compuesto de manera precaria fuera del taller. Sus autores lograron, a partir de los escasos recursos disponibles, completar un mensaje breve y de rápida lectura, propicio para ser leído por un público heterogéneo y circunstancial, compuesto por transeúntes y curiosos. ¿Habría sido pensado, además, como una advertencia para el gobierno de turno?

Sin dudas, los rumores nutrieron estas modalidades de comunicación, que eran informales, anónimas y colectivas. Pues, como vimos en algunos interrogatorios expuestos en la causa judicial, el caso del pasquín tomó estado público en la comunidad, gracias a la propagación de comentarios y conversaciones de los mismos vecinos. La reconstrucción del caso, nos permitió por otra parte, determinar que fue en horario nocturno el momento en el que el pasquín fue compuesto, reproducido y distribuido. Esta es una característica que, en general, compartían los pasquines, pues era el modo de resguardar la identidad de sus denunciantes.

Todos estos elementos pudieron ser reconstruidos, gracias a las evidencias expuestas en una causa judicial, fuente histórica que debe ser puesta en valor, por la cantidad de indicios que ofrece sobre un objeto de estudio tan poco explorado como son los pasquines y libelos.

 

 

 

 

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Causa De oficio contra Doña Justina Moreno de Castro por considerársele autora de un pasquín que apareció el diez y once de julio. (1868). Archivo del Poder Judicial y Registro Inmobiliario de San Juan Caja 133

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Recibido: 17/07/2020

Evaluado: 05/09/2020

Versión Final: 14/10/2020



[1] F. Xavier Guerra y A. Lempérière (1998) dejan de lado el concepto de “esfera pública” (Habermas, 1962) por su carácter monista, inmaterial y abstracto, y hablan en su lugar, de “espacios públicos” en un sentido plural. Para los autores, “El abstracto espacio público moderno es todavía uno más de los espacios-muy reducido en muchos casos- en los que se congregan, comunican y actúan los hombres” (pp.10-11).

[2] Es necesario aclarar que en el territorio rioplatense, algunas provincias no contaron con talleres tipográficos durante varias décadas, y otras, tuvieron uno solo que era propiedad del Estado. A excepción de Buenos Aires que para mediados del siglo XIX, ya contaba con al menos diez imprentas, once librerías, dos litografías (Costa, 2009); San Luis, Jujuy, Salta, Catamarca y Santiago del Estero (Megías, 1997) recién empezaban a imprimir sus primeros periódicos. Otras provincias como Córdoba- la primera en tener imprenta-, San Juan, Mendoza, Tucumán, Entre Ríos y Corrientes, si bien contaban con cierta trayectoria en la impresión de publicaciones periódicas, no tenían el mismo flujo comunicacional- en lo que a opinión impresa se refiere- que Buenos Aires.

[3] Esto sucedió con varias publicaciones en San Juan, por ejemplo: El Amigo del Orden (1826), El Republicano (1829), El constitucional (1835), entre otros (García et. al., 2015).

[4] En 1857, por ejemplo, El Grito (de la imprenta Saillard) y El Porvenir (de la imprenta estatal) se enfrentaron durante algunos meses (Puebla, 2019). Lo mismo sucedió en 1866, entre La Reforma y el órgano oficialista El Zonda.

[5]Existen varios estudios que acuden a este tipo de documentos para reconstruir ciertos circuitos y estrategias informales de comunicación constituidas por pasquines, libelos y rumores. En Argentina uno de los trabajos referentes es el de Marisa Davio (2011; 2017).

[6] Facundo Nanni (2013; 2017) ha analizado las manifestaciones contestatarias de opinión en las primeras décadas independentistas, haciendo hincapié en las diversas formas de expresión–pasquines, libelos, rumores, chismes y especies seductivas- que circularon en el espacio público tucumano. Recuperamos de sus estudios, la noción de “opiniones contestatarias”, por considerar que se adecua al objeto de estudio del presente artículo.

[7]  Todas las causas judiciales que tratan los delitos de injuria, calumnias y sedición en pasquines, libelos o periódicos presentan ejemplares originales como evidencia de la acusación efectuada.

[8] De acuerdo al relevamiento efectuado, la cantidad de procesos judiciales que abordan a la prensa escrita es mayor respecto a las causas que tratan a pasquines y libelos. En el caso de la prensa, son litigios que refieren a casos de calumnias o injurias. Por lo general, las acusaciones iban dirigidas al redactor o editor del periódico, o al autor del escrito. No se han encontrado procesos judiciales que vinculen a la prensa con los delitos de sedición. Por otro lado, en el caso de pasquines y libelos, los procesos judiciales iban dirigidos usualmente contra los presuntos autores de estos escritos, aunque también podían ser acusados de cómplices los llamados “circuladores”, es decir, individuos que no participaron en la elaboración del pasquín o libelo, pero que colaboraron en la distribución y exposición pública del mismo.

[9] Los procesos judiciales se ampararon en diversos instrumentos normativos: en casos de sedición, se citaba el artículo 22 de la Constitución Nacional sancionada en 1853 -que explicitaba que cometía sedición quien se atribuía los derechos del pueblo y peticionaba a nombre de éste- y el “Curso de Derecho Penal” de Carlos Tejedor, que incluía a la sedición entre los delitos políticos contra la seguridad interior al constituir un “ataque contra todo gobierno establecido” (Tejedor, 1860, T1, p. 128,129). La doctrina Tejedor también fue citada en las sentencias de los juicios que abordaban los delitos de injurias y calumnias. Estos últimos eran considerados crímenes contra el pudor y la honra de las personas. Por otra parte, los libelos, incluidos dentro del delito de injuria verbal escrita, eran aquellos que atentaban contra la reputación o la dignidad de la persona. Los mismos formaban parte de los delitos de injurias graves cuando eran expuestos en lugares públicos y estaban dirigidos a obtener la deshonra de las autoridades (p. 271-276).

[10] Comunicación de Nicasio Marín, Presidente de la Cámara de Justicia, al Gobernador Provisorio.  En Ferrá de Bartol et al.  (2007) Archivo del Brigadier General José Nazario Benavides 1855-1858 T. V. San Juan: UNSJ. pp. 296-297.

[11] Carta de José Olmo a Urquiza. En Ferrá et al. (2007)  ibídem. pp. 258-259.

[12] La causa es labrada contra Justina Moreno de Castro. El pasquín era un manuscrito en el que se denunciaba el estado de “desmoralización” en el que vivían algunas mujeres viudas, casadas y solteras pertenecientes al círculo de “familias distinguidas” de San Juan.  A. P. J. Fondo Penal, Causa De oficio contra Doña Justina Moreno de Castro por considerársele autora de un pasquín. (1868). Caja 133

[13] Emilio Castro Boedo actuó como agente de Urquiza. Así lo demuestra una carta enviada al entrerriano desde Chile, país al que huyó luego de ser descubierto el complot en San Juan (Peñaloza de Varesse & Arias, 1966).

[14] Llamados así porque utilizaban un cintillo punzó, distintivo de los federales (Videla, 1981).

[15] A. P. J. Fondo Penal. Causa de oficio. 1866.  Caja 130. folio 8

[16] A. P. J. Fondo Penal, Causa criminal de oficio contra Don David de Larrondo por libelista famoso (1862). Caja 87

[17] A. P. J. Fondo Penal. Ibídem. folio 1

[18] La opinión pública es un término polisémico que ha asumido diversas significaciones a lo largo del tiempo. Eugenia Molina (2009) plantea que en el Río de la Plata en los primeros años de independencia -en el marco de la emergencia de una discusión crítica inédita y en conexión con ello, de una nueva organización gubernamental-  el término se politiza. La noción de opinión pública “comenzó a aludir no sólo al juicio que la comunidad elaboraba sobre un vecino sino también a conectarse con un sentido vinculado al juego político, definiendo un referente que debía considerarse para mantener la autoridad” (Molina, 2009, p. 20). Recuperamos esta noción de opinión pública – entendiendo por ella a un actor social colectivo relevante para la política y fuente de legitimidad- por considerar que se adecua a las significaciones que circularon en San Juan, en el periodo referido. 

[19] Valentín Videla fue uno de los representantes por San Juan en la Convención Nacional reunida en Santa Fe destinada a reformar la Constitución Nacional en 1866. Fue ministro en el periodo de la gobernación de Sarmiento en San Juan (1862-1864) (Peñaloza de Varesse & Arias, 1966; Videla, 1981).

[20]  Era un abogado chileno radicado en San Juan, conocido por sus trabajos como publicista en varios periódicos locales como El Iris, El Orden y El Zonda – de este último en su 2° y 3° etapa- (La Reforma, San Juan, 29/10/1866 p.2)

[21] Dentro de la imprenta, los cajistas eran los encargados de componer tipográficamente los textos impresos.

[22]  La Reforma, San Juan, 26/09/1866 p.1

[23] La Reforma, San Juan, 02/04/1866, p.4

[24] Las sustituciones tipográficas han sido marcadas en la imagen con un recuadro rojo, para su mejor identificación.

[25] A. P. J. Fondo Penal. Ibídem. folio 2

[26] A. P. J. Fondo Penal. Ibídem. folio 4

[27] A. P. J. Fondo Penal. Ibídem. folio 7

[28] Estos últimos no fueron utilizados en el pasquín.

[29] A. P. J. Fondo Penal. Ibídem. folio 7

[30] Tenía 25 años y era litógrafo. De acuerdo a sus declaraciones, expresó que vino de Mendoza y allí planeaba regresar en los próximos días, por un negocio de aguardiente.

[31] A. P. J.  Fondo Penal. Ibídem. folio 5

[32] A. P. J. Fondo Penal. Ibídem. folio 5

[33] A. P. J. Fondo Penal. Ibídem. folio 17-18

[34] A. P. J. Fondo Penal. Ibídem. folio 22

[35] A. P. J. Fondo Penal. Ibídem. folio 23

[36] Pedro Echagüe era un “porteño, emigrado unitario y ex soldado del ejército del General Lavalle” (Videla, 1981, 247). Se radicó en San Juan en la década de 1860 y fue nombrado Inspector General de Escuelas durante la gobernación de Sarmiento en la provincia. Fue autor de diversos trabajos en el campo de las letras y uno de los redactores del Zonda. (Peñaloza de Varesse & Arias, 1966)

[37] A. P. J. Fondo Penal. Ibídem. folio 19

[38] La Reforma, 29/10/1866, pp. 1-2. Las palabras resaltadas en negritas han sido dispuestas de esa forma por los autores del periódico.